RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0215-2015-JUS
Lima, 6 de agosto de 2015
VISTOS, el Oficio Nº 919-2015-JUS/CN/P y el Informe Nº 134-2015-JUS/CN/P, de la Presidenta del Consejo del Notariado, y el Informe Nº 425-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, con la Resolución Ministerial Nº 0230-2014-JUS, del 05 de noviembre del 2014, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos nombró al señor JOSÉ ENRIQUE
HUARNIZ CASTILLO, Notario del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, correspondiente al Distrito Notarial de La Libertad, al haber resultado ganador del Concurso Público Nacional de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, expidiéndosele el respectivo título de notario, el 06 de noviembre del 2014;
558922 NORMAS LEGALES
Domingo 9 de agosto de 2015 / El Peruano Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, es deber del Notario incorporarse a su respectivo Colegio de Notarios dentro de los treinta (30)
días de expedido el título, previo juramento o promesa de honor, ante la Junta Directiva, pudiendo a solicitud del notario, prorrogarse dicho plazo por igual término;
Que, mediante Oficio Nº 013-2015-CNLL, del 18 de febrero del 2015, el Decano del Colegio de Notarios de La Libertad, comunica a la Presidenta del Consejo del Notariado que la Junta Directiva del citado Colegio, en sesión de fecha 11 de febrero del 2015, acordó por unanimidad declarar inadmisible la solicitud de incorporación como Notario del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, presentada por el doctor JOSÉ ENRIQUE HUARNIZ CASTILLO, al haber operado respecto a dicho notario la causal de cese contemplada en el artículo 21 literal e) del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado;
Que, mediante el Informe Nº 134-2015-JUS/CN/P, del 17 de junio de 2015, la Presidenta del Consejo del Notariado da cuenta de la ocurrencia de la causal de cese prevista en el acotado Decreto Legislativo respecto del señor JOSÉ ENRIQUE HUARNIZ CASTILLO, en atención a que su solicitud de incorporación al Colegio de Notarios de La Libertad fue presentada luego de haber vencido el plazo establecido en el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1049, antes referido;
Que, de conformidad a lo previsto en el literal e) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por no incorporarse al Colegio de Notarios por causa imputable a él, dentro del plazo establecido por el artículo 13 de la referida ley, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario Público otorgado al señor
JOSÉ ENRIQUE HUARNIZ CASTILLO;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado;
la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Cancelar el título de Notario Público del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, distrito notarial de La Libertad, otorgado al señor JOSÉ ENRIQUE HUARNIZ CASTILLO, por causal de no incorporación al Colegio de Notarios, en el plazo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de La Libertad y al interesado, para los fines que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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