domingo, 9 de agosto de 2015

RESOLUCIÓN SBS N° 4535-2015


RESOLUCIÓN SBS Nº 4535-2015
Lima, 05 de agosto de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La invitación cursada por la Comisión de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería del Ministerio de la Producción a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la VI Reunión de la Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, que se llevará a cabo los días 13 y 14 de agosto de 2015 en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia;

CONSIDERANDO:

Que, la VI Reunión de la Comisión Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros tiene por finalidad evaluar los avances realizados en la implementación de los acuerdos adoptados en la Matriz de Seguimiento de la V Reunión Binacional, así como abordar estrategias de cooperación bilateral para reducir las actividades ilícitas que afectan la frontera peruano - boliviana;

Que, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) y la Unidad de Investigaciones Financieras de Bolivia (UIF-Bolivia) lideran la Mesa de Trabajo Nº 3
"Lucha contra los Delitos Financieros" y que durante la reunión se evaluarán los avances de las actividades en curso de la mesa;

Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Enzo Paolo Yampier Paredes Castañeda, Analista Principal II del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del 558930 NORMAS LEGALES
Domingo 9 de agosto de 2015 / El Peruano Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Enzo Paolo Yampier Paredes Castañeda, Analista Principal II del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 12 al 15 de agosto de 2015 a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasaje aéreo US$ 584,70
Viáticos US$ 1 110,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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