RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 150-2015-JUS
Lima, 10 de agosto de 2015
VISTO, el Oficio Nº 2829-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47º, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
Que, de conformidad con el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos;
Que, el numeral 14.1 del artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068, señala que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal;
Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por término de la designación;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-2013-JUS, de fecha 04 de marzo de 2013, se designó al señor abogado Julio César Galindo Vásquez como Procurador Público Ad Hoc, para que ejerza la defensa del Estado peruano, en el proceso de extradición activa del ciudadano peruano Rolando Echarri Pareja por la presunta comisión del delito contra la Tranquilidad Pública, en la modalidad de Terrorismo en agravio del Estado peruano, correspondiente al Expediente Nº 01-2013, seguido ante las autoridades judiciales de la República Argentina;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 103-2015-JUS, de fecha 06 de junio de 2015, se dio por concluida la designación del señor abogado Julio César Galindo Vásquez como Procurador Público Especializado en NL20150811.pdf 11 8/11/2015 7:36:57 AM
558970 NORMAS LEGALES
Martes 11 de agosto de 2015 / El Peruano Delitos de Terrorismo, designándose en su reemplazo al señor abogado Milko Alberto Ruiz Espinoza;
Que, asimismo el numeral 14.3 del Decreto Legislativo Nº 1068, determina que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propondrá al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos Ad Hoc y de los Procuradores Públicos Ad Hoc Adjuntos del Poder Ejecutivo, en los casos que así la necesidad lo requiera;
Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar término a la designación del señor abogado Julio César Galindo Vásquez como Procurador Público Ad Hoc y designar en su reemplazo al señor abogado Milko Alberto Ruiz Espinoza, para que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado peruano en el proceso de extradición activa antes referido, siendo pertinente emitir el acto correspondiente;
De conformidad, con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Legislativo Nº 1068, que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Julio César Galindo Vásquez como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa del Estado peruano, en el proceso de extradición activa del ciudadano peruano Rolando Echarri Pareja por la presunta comisión del delito contra la Tranquilidad Pública, en la modalidad de Terrorismo en agravio del Estado peruano, correspondiente al Expediente Nº 01-2013, seguido ante las autoridades judiciales de la República Argentina, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al señor abogado Milko Alberto Ruiz Espinoza para que ejerza la defensa del Estado peruano, en el proceso de extradición activa del ciudadano peruano Rolando Echarri Pareja por la presunta comisión del delito contra la Tranquilidad Pública, en la modalidad de Terrorismo en agravio del Estado peruano, correspondiente al Expediente Nº 01-2013, seguido ante las autoridades judiciales de la República Argentina.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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